En Alemania no existe, como en el estado español, una ley única general que englobe todos los aspectos del trabajo (Estatuto de los Trabajadores), sino que existen multitud de leyes pertenecientes al derecho civil que afectan a los diferentes aspectos independientemente; por ejemplo hay una ley para regular los despidos, otra para las vacaciones, otra para los casos de trabajadoras embarazadas y prestaciones después del nacimiento, otra para el salario mínimo, etc. Las condiciones establecidas en estas leyes tienen que ser cumplidas siempre como condiciones mínimas indispensables.
Los convenios colectivos (Tarifverträge) se firman por un grupo de empresas y el sindicato del sector en donde tienen esas empresas su actividad (por ejemplo construcción, limpieza, transporte, cuidados, automoción). Cuando el acuerdo es general, firmado por empresas y sindicatos grandes, el convenio colectivo se aplica a todas las trabajadoras del sector, esto es lo que paso actualemnte en los sectores de la construcción y de limpezas. En otras ocasiones, los convenios colectivos solo se aplican en las empresas que lo han firmado. Generalmente las condiciones laborales que se alcanzan en un convenio colectivo son más ventajosas para la trabajadora que las derivadas de las leyes generales.
El contrato de trabajo establece una relación contractual entre las partes firmantes regulada por el derecho civil. El contrato tiene que respetar siempre los mínimos establecidos en las leyes generales y tiene que respetar lo establecido en los convenios colectivos si éstos son aplicables al puesto de trabajo y a la trabajadora. Si no se cumplen estas condiciones, se puede denunciar el contrato en el juzgado laboral (Arbeitsgericht). Lo más recomendable sería revisar el contrato antes de firmarlo en una asesoría especializada, o si no puede ser antes, pues nada más firmarlo para saber bien qué dice y cuáles son los derechos y obligaciones que se tienen al firmarlo.
Cuando la empresa está afectada por un convenio colectivo, la empresa debe hacer que el convenio colectivo sea accesible para lectura y consulta por las trabajadoras. La empresa lo tiene que ofrecer ya que muchas veces estos convenios colectivos no se pueden leer en internet.
Requisitos de un contrato de trabajo
El contrato de trabajo debe identificar a las partes contratantes, debe establecer la duración del contrato y del periodo de prueba, debe describir las tareas a realizar o exponer qué tipo de trabajo se debe hacer, tiene que especificar el horario de trabajo, el salario bruto mensual, las vacaciones, y los plazos para terminar el contrato por parte de la empresa antes de la finalización del contrato (despido) o por parte de la trabajadora (renuncia). Si alguno de estos aspectos no es mencionado en el contrato se aplica la correspondiente ley general.
Cuando hay un convenio colectivo en vigor para esa rama de actividad, el contrato normalmente remite a las disposiciones del convenio colectivo.
El contrato debe ser escrito y firmado por ambas partes. Hay una excepción a esta regla en Alemania, y es que durante el primer mes se puede trabajar con un contrato verbal no escrito, aunque después de un mes trabajando tienes derecho a exigir un contrato escrito. En caso de no entendimiento entre las partes o problemas posteriores, la ausencia de contrato escrito puede dificultar las reclamaciones de la persona trabajadora.
En caso de que la empleadora incumpla con dicha obligación de dar un contrato por escrito y la trabajadora denunciase a la empleadora por no respetar las condiciones acordadas verbalmente, un tribunal laboral podría exigir a la empleadora que demostrase que la denuncia contra ella es falsa (inversión de la carga de la prueba, Nachweisgesetz), por lo que la empleadora normalmente no se va a negar a dar un contrato por escrito.
En resumen, un contrato de trabajo debe incluir:
- Nombre y dirección de las partes contratantes
- Fecha de comienzo de la relación laboral
- Duración del periodo de prueba (Probezeit) si lo hay
- Lugar de trabajo
- Descripción de la actividad a realizar por la trabajadora
- Remuneración (bruto)
- Horario de trabajo
- Vacaciones
- Plazos de despido o renuncia
- Los convenios colectivos y convenios de empresa que sean de aplicación